Fianzas en Andalucía, España

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Infórmese sobre las leyes de fianzas residenciales en Andalucía, incluida la fianza obligatoria de un mes y la eliminación del requisito de depósito en la AVRA a partir de 2026.

Melvin Prince
5 min de lectura
Verificado Apr 2026España flag
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Descargo de Responsabilidad Legal

Este contenido tiene fines informativos y educativos generales únicamente. No constituye asesoramiento legal y no debe confiarse en él como tal. Las leyes cambian con frecuencia; verifique siempre las regulaciones actuales y consulte a un abogado con licencia en su jurisdicción para obtener asesoramiento específico para su situación. Landager es una plataforma de gestión de propiedades, no un bufete de abogados.Información verificada por última vez: April 2026.

Límite de Fianza
1 Mes de Alquiler (Residencial); 2 Meses (Comercial)
Plazo de Devolución
1 Mes desde la Devolución de las Llaves

La gestión de la fianza del alquiler (conocida en España simplemente como la fianza) es uno de los pasos más críticos al formalizar un contrato de arrendamiento. En Andalucía, los arrendadores deben adherirse a la legislación nacional (la LAU) aprovechando al mismo tiempo la importante desregulación regional introducida por la Ley de Vivienda de Andalucía de 2026.

Fianza Obligatoria y Garantías Adicionales

Proceso de Fianza in andalusia

1

Cobrar Fianza

Cobre la fianza (hasta 1 mes de alquiler para residencial; 2 meses para comercial) antes de que el inquilino tome posesión.

2

Documentar el Estado

Cree un informe de estado de entrada firmado tanto por el arrendador como por el arrendatario.

3

Custodia durante el Contrato

Mantenga la fianza en una cuenta designada o legalmente requerida.

4

Devolución o Reclamación

Devuelva el importe dentro de un mes desde la devolución de las llaves, con justificación por escrito de cualquier deducción.

Según el Artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), solicitar y pagar una fianza en efectivo es absolutamente obligatorio en el momento de la firma del contrato de arrendamiento.

La Fianza Obligatoria

Para los arrendamientos residenciales de larga duración (vivienda habitual), el requisito legal estricto es exactamente un mes de alquiler. Los arrendadores no pueden exigir una "fianza" obligatoria superior para uso residencial.

Garantías Adicionales (Garantías Adicionales)

Para mitigar el riesgo de impago o daños graves a la propiedad, un arrendador puede solicitar legalmente garantías financieras adicionales (como un aval bancario o un depósito en efectivo extra). Sin embargo, la ley española limita estas garantías: las garantías adicionales no pueden exceder los dos meses de alquiler. Por lo tanto, el máximo que un arrendador puede retener por adelantado son tres meses de alquiler (1 mes de fianza obligatoria + 2 meses de garantías adicionales), además del primer mes de alquiler por adelantado.

El Fin del Requisito de Depósito en la AVRA (2026)

La Ley de Vivienda de Andalucía 5/2025 cambió esto radicalmente para los arrendadores a partir de enero de 2026.

  • Antes de 2026: Los arrendadores estaban obligados a depositar la fianza de 1 mes recaudada en la agencia regional de vivienda, la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA), en el plazo de un mes desde la firma del contrato. El incumplimiento conllevaba multas y recargos.
  • Las Nuevas Normas (desde enero de 2026): La obligación de depositar la fianza en la AVRA ha sido completamente eliminada. Los arrendadores en Andalucía ahora retienen la custodia directa de los fondos de la fianza durante toda la duración del contrato. Nota: Aunque el obstáculo administrativo ha desaparecido, la obligación legal de cobrar la fianza de 1 mes al inquilino sigue siendo obligatoria según la ley nacional.

Devolución de la Fianza

Tras la finalización del contrato de arrendamiento y la devolución de las llaves, la fianza debe utilizarse para liquidar:

  1. Alquileres impagados.
  2. Facturas de suministros impagadas o gastos de comunidad acordados contractualmente.
  3. Reparaciones por daños que excedan el desgaste normal.

El Plazo de Un Mes

La LAU dicta que el arrendador debe devolver el saldo de la fianza al arrendatario en un plazo de un mes desde la finalización del contrato y la entrega de la propiedad. Si el saldo no se devuelve dentro de este plazo de un mes, el importe no devuelto devengará el interés legal del dinero.

Transparencia y Justificación

Los arrendadores no pueden retener arbitrariamente fondos de la fianza para limpieza estándar o pintura rutinaria (a menos que la propiedad se haya dejado en un estado deplorable). Cualquier deducción debe estar totalmente justificada con facturas o presupuestos formales de reparación que demuestren el coste de reparar los daños causados por el arrendatario.

Manténgase al Día con Landager

Evitar disputas sobre fianzas en España requiere una documentación rigurosa, incluyendo inventarios fotográficos de entrada y salida. Utilice la plataforma Landager para gestionar los libros de fianzas, almacenar informes de estado de la propiedad y automatizar el proceso de liquidación final, asegurándose de cumplir con el estricto plazo de devolución de un mes en Andalucía.

Volver al Resumen de Leyes de Arrendamiento en Andalucía.

Fuentes y referencias oficiales

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