Comunicaciones Obligatorias y Licencias Previas Comerciales
Requisitos de documentación, Certificados Energéticos (CEE) y verificación de licencias para alquilar un local comercial en Andalucía.
Descargo de Responsabilidad Legal
Este contenido tiene fines informativos y educativos generales únicamente. No constituye asesoramiento legal y no debe confiarse en él como tal. Las leyes cambian con frecuencia; verifique siempre las regulaciones actuales y consulte a un abogado con licencia en su jurisdicción para obtener asesoramiento específico para su situación. Landager es una plataforma de gestión de propiedades, no un bufete de abogados.Información verificada por última vez: May 2026.
Al preparar un inmueble comercial (oficinas, despachos, naves o locales a pie de calle) para su arrendamiento en Andalucía, el marco se rige principalmente por la Ley 29/1994 (LAU), específicamente el Título III (Arts. 29-35). Esta ley prioriza la "voluntad de las partes", lo que significa que los términos del contrato son primordiales, aunque el Código Civil español se aplica en ausencia de acuerdos específicos. La normativa española exige que el propietario actúe con transparencia y facilite documentación clave, tanto durante la comercialización como en la firma del contrato.
1. El Certificado de Eficiencia Energética (CEE)
Al igual que en las viviendas, este es el documento estrella e ineludible:
- Según el Real Decreto 390/2021, cualquier local comercial o nave que no esté expresamente exento por la norma (como ruinas industriales o talleres temporales con normas de aislamiento muy específicas) debe poseer un CEE válido registrado en la Junta de Andalucía antes de ser anunciado para su alquiler.
- Sanciones: El régimen sancionador se establece en la Disposición adicional duodécima de la Ley 8/2013. Anunciar un local comercial sin la etiqueta de calificación energética puede acarrear multas por infracciones leves (300€–600€), graves (601€–1.000€) y muy graves (1.001€–6.000€).
- En la firma del contrato: El arrendatario mercantil debe recibir una copia oficial de este certificado según lo exige el Art. 14.2 RD 390/2021. Esta entrega suele documentarse mediante una cláusula explícita ("El arrendatario recibe en este acto copia del CEE...").
2. Información Urbanística y Licencias de Primera Ocupación / Apertura
En Andalucía, la Ley 7/2021 (LISTA) y el Decreto 226/2020 han simplificado los procedimientos. Si bien garantizar que el local es apto para un negocio específico mediante una Declaración Responsable suele ser responsabilidad del arrendatario, el arrendador tiene obligaciones específicas:
- Infracciones o Gravámenes Previos: Los arrendadores son responsables de los vicios ocultos y los gravámenes no revelados, como una Expropiación Forzosa pendiente, según los Artículos 1483, 1484 y 1553 del Código Civil. Es obligatorio advertir al arrendatario de cualquier expediente administrativo o disciplinario urbanístico abierto que impida la actividad comercial, ya que el incumplimiento puede dar lugar a la rescisión del contrato.
- Situación Legal: El arrendador debe asegurarse de que el edificio cuenta con la Licencia de Ocupación o Utilización necesaria (o declaración equivalente).
- Comunidad de Propietarios: Si el local comercial pertenece a una comunidad de vecinos, el arrendador debe facilitar los Estatutos de la Comunidad. Estos suelen contener prohibiciones expresas (por ejemplo: "Se prohíben las discotecas o actividades molestas" o "Los locales comerciales no podrán instalar salidas de humos en la fachada principal").
3. Estado Estructural y Accesibilidad
Las normativas municipales autonómicas en Andalucía son cada vez más estrictas en cuanto a la accesibilidad de los negocios a pie de calle (obligando a rampas y a la eliminación de barreras arquitectónicas).
Si bien es el nuevo empresario quien debe adaptar el local a las ordenanzas locales para conseguir la licencia de apertura, es práctica habitual invocar el concepto de "Cuerpo Cierto" (Art. 1471 del Código Civil) en el contrato. Este concepto contractual considera la propiedad como un todo en su estado actual, lo que ayuda a prevenir reclamaciones posteriores si el arrendatario asume el local sabiendo que debe realizar obras de infraestructura pesadas (como insonorización o alteración de los puntos de acceso).
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