Fianza de Alquiler en las Islas Baleares (IBAVI)
Registro obligatorio de la fianza en el Institut Balear de l'Habitatge (IBAVI), límites legales y procedimientos de devolución.
Descargo de Responsabilidad Legal
Este contenido tiene fines informativos y educativos generales únicamente. No constituye asesoramiento legal y no debe confiarse en él como tal. Las leyes cambian con frecuencia; verifique siempre las regulaciones actuales y consulte a un abogado con licencia en su jurisdicción para obtener asesoramiento específico para su situación. Landager es una plataforma de gestión de propiedades, no un bufete de abogados.Información verificada por última vez: April 2026.
Los arrendadores en las Islas Baleares deben cumplir tanto con la normativa nacional española como con los requisitos administrativos regionales. El incumplimiento del registro de la fianza no solo conlleva fuertes multas, sino que también impide al propietario desgravarse los gastos del alquiler en su declaración de la renta.
Cumplimiento de la Fianza in balearic islands
Cobro
Cobrar 1 mes de renta como fianza en metálico al firmar (2 meses para locales).
Registro IBAVI
Depositar los fondos en el Institut Balear de l Habitatge (IBAVI) en un plazo de 15-30 días.
Inspección
Realizar una inspección conjunta y firmar el inventario al finalizar el contrato.
Solicitud y Devolución
Solicitar la devolución al IBAVI y entregar el dinero al inquilino en un plazo de un mes desde la entrega de llaves.
1. La Fianza Legal Obligatoria
Según el Artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), el cobro de la fianza es obligatorio, no opcional. Para viviendas que constituyan la residencia habitual del inquilino, la fianza es de una mensualidad de renta.
- Forma de Pago: La ley especifica que debe ser en "metálico", lo que se traduce en una garantía líquida (generalmente pagada por transferencia bancaria).
- Garantías Adicionales: Las partes pueden pactar garantías financieras adicionales (aval bancario o más efectivo), pero en contratos de vivienda, estas están limitadas a un máximo de dos mensualidades de renta (Art. 36.5 LAU).
2. Depósito Obligatorio ante el IBAVI
En las Islas Baleares, el arrendador tiene prohibido legalmente mantener la fianza en su cuenta bancaria personal durante la vigencia del alquiler.
- El Requisito del IBAVI: Los propietarios deben depositar la fianza en el Institut Balear de l'Habitatge (IBAVI). Este servicio público de custodia garantiza la protección de los fondos.
- Plazo: El registro debe realizarse generalmente en el plazo de un mes desde la firma del contrato.
- Sanciones: No depositar la fianza es una infracción administrativa grave. Las multas pueden oscilar entre el 50% y el 100% del importe de la fianza, más intereses de demora. Además, el propietario perderá el derecho a las deducciones autonómicas en su IRPF.
3. Procedimiento y Plazos de Devolución
La devolución de la fianza se activa con la finalización del contrato y la entrega de las llaves.
- La Regla del Mes: Según el Artículo 36.4 de la LAU, el arrendador dispone de un mes desde la entrega de llaves para devolver la fianza al inquilino.
- Interés Legal: Si el arrendador no devuelve los fondos en ese plazo de un mes, la cantidad empezará a devengar el interés legal del dinero establecido en los Presupuestos Generales del Estado.
- Compensación de Deudas: El arrendador puede descontar de la fianza rentas impagadas, facturas de suministros pendientes (luz, agua) o el coste de reparación de daños causados por el inquilino que excedan el "uso normal". Todas las deducciones deben estar justificadas documentalmente.
Fuentes y referencias oficiales
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