Leyes de Arrendamiento en Cantabria: COMUNICACIONES OBLIGATORIAS
Información y documentos obligatorios que los propietarios deben proporcionar a los inquilinos en Cantabria, España, bajo la ley nacional y regional.
Descargo de Responsabilidad Legal
Este contenido tiene fines informativos y educativos generales únicamente. No constituye asesoramiento legal y no debe confiarse en él como tal. Las leyes cambian con frecuencia; verifique siempre las regulaciones actuales y consulte a un abogado con licencia en su jurisdicción para obtener asesoramiento específico para su situación. Landager es una plataforma de gestión de propiedades, no un bufete de abogados.Información verificada por última vez: May 2026.
En Cantabria, los arrendadores están legalmente obligados a proporcionar información y documentación específica a los inquilinos antes y durante la formalización de un contrato de alquiler residencial. La transparencia es un principio fundamental de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), vigente desde el 1 de enero de 1995, y ha sido reforzada por la Ley 12/2023 (Ley de Vivienda) para asegurar que los inquilinos conozcan plenamente el estado de la propiedad y la condición del arrendador.
Comunicaciones Precontractuales Obligatorias
Antes de firmar el contrato, el propietario o el agente inmobiliario que lo represente en Cantabria debe proporcionar al inquilino:
- El Certificado de Eficiencia Energética (CEE): Regulado por el Real Decreto 390/2021, los arrendadores deben proporcionar una copia del CEE al inquilino. Aunque es obligatorio, la falta de un CEE es una infracción administrativa y no conlleva la nulidad civil o la anulación del contrato de arrendamiento.
- Inventario de la Propiedad (Recomendado): Aunque no es un requisito legal bajo la LAU, proporcionar una lista detallada de muebles, electrodomésticos y el estado general de la vivienda, a menudo apoyada por fotografías, es una práctica contractual muy recomendada.
Comunicaciones bajo la Ley de Vivienda de 2023
La ley nacional de vivienda (Ley 12/2023) ha introducido requisitos específicos de comunicación, aunque su aplicación depende de las designaciones regionales:
- Identificación de Grandes Tenedores: Los arrendadores deben comunicar si son "grandes tenedores", definidos en Cantabria como aquellos que poseen más de 10 propiedades residenciales. Este estatus es requerido para el cumplimiento de los procedimientos judiciales de desahucio según el Art. 439.4 de la LEC.
- Derechos de Información (Art. 31): Los inquilinos tienen derecho a solicitar información sobre la condición del arrendador, la superficie de la propiedad y los servicios del edificio antes de firmar el contrato.
- Comunicaciones en Zonas de Mercado Tensionado: Los requisitos relativos al Índice de Precios de Referencia y al Historial de Rentas (revelar la renta pagada en los últimos cinco años) están estrictamente supeditados a la declaración de "Zonas de Mercado Residencial Tensionado". A fecha de mayo de 2024, el Gobierno de Cantabria no ha declarado ninguna de estas zonas, lo que hace que estas comunicaciones sean actualmente inaplicables en la región. Además, los límites a la renta no se aplican en Cantabria debido a la ausencia de estas zonas designadas.
Justificante del Registro del Depósito
Un requisito de comunicación único en Cantabria, regido por el Decreto 1/2015, de 8 de enero, es la obligación de depositar la fianza con la Dirección General de Vivienda en el plazo de un mes desde la fecha de inicio del contrato. Según el Art. 11.3, el arrendador está legalmente obligado a proporcionar al inquilino una copia del recibo oficial del depósito (resguardo) en el plazo de un mes desde que se realizó el depósito. Esto garantiza la transparencia y permite al inquilino solicitar ciertas deducciones fiscales.
Consecuencias de la Falta de Comunicación
No proporcionar las comunicaciones obligatorias en Cantabria puede conllevar:
- Multas Administrativas: El incumplimiento de los requisitos del CEE es una infracción administrativa según el Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, con multas que oscilan entre 300 € y 6.000 €.
- Barreras Procesales: La falta de comunicación del estatus de gran tenedor puede impedir que un arrendador inicie con éxito procedimientos judiciales de desahucio.
- Sanciones Fiscales: La no inscripción de la fianza impide a los arrendadores acceder a ciertas ventajas fiscales y niega a los inquilinos la posibilidad de solicitar deducciones fiscales regionales.
Fuentes y referencias oficiales
📬 Recibe notificaciones cuando estas leyes cambien
Te enviaremos un correo electrónico cuando las leyes de arrendador-inquilino se actualicen en No hay spam, solo cambios en la ley.



