Certificaciones Obligatorias para Alquileres Comerciales en Aragón
Certificados de eficiencia energética y obligaciones de información precontractual para locales en Aragón bajo el Código Civil y la normativa estatal.
Descargo de Responsabilidad Legal
Este contenido tiene fines informativos y educativos generales únicamente. No constituye asesoramiento legal y no debe confiarse en él como tal. Las leyes cambian con frecuencia; verifique siempre las regulaciones actuales y consulte a un abogado con licencia en su jurisdicción para obtener asesoramiento específico para su situación. Landager es una plataforma de gestión de propiedades, no un bufete de abogados.Información verificada por última vez: April 2026.
En el mercado de alquiler de locales en Aragón (Zaragoza, Huesca, Teruel), la transparencia precontractual es clave. Aunque impera la libertad de pactos, ocultar información relevante sobre el estado del inmueble o sus limitaciones legales puede invalidar el contrato.
Obligaciones de Información in aragon
Obtención del CEE
Encargar a un técnico competente el certificado de eficiencia energética antes de anunciar el local.
Entrega de Estatutos
Facilitar al inquilino los estatutos de la comunidad de propietarios si el local está en un edificio mixto.
Situación Urbanística
Informar sobre la calificación del suelo y posibles limitaciones para actividades específicas.
Firma Cuerpo Cierto
Incluir cláusula de cuerpo cierto para delimitar la responsabilidad sobre el estado físico del local.
1. El Certificado de Eficiencia Energética (CEE)
Es la única obligación de entrega documental explícitamente regulada por normativa estatal para locales comerciales:
- Obligación: Debe estar vigente y registrado en el Gobierno de Aragón (DGA).
- Entrega: Se debe entregar una copia al inquilino al firmar el contrato.
- Sanciones: No disponer del CEE puede acarrear multas administrativas considerables (desde 300€ hasta 6.000€).
2. Estatutos de la Comunidad de Propietarios
Aunque la LAU no lo mencione, informar sobre los estatutos es una obligación de buena fe contractual (Art. 1258 Código Civil).
- Importancia: Muchos estatutos en edificios de Zaragoza prohíben actividades de hostelería, música en vivo o salidas de humos.
- Consecuencia: Si el propietario oculta que la comunidad prohíbe el uso previsto por el inquilino, este puede solicitar la anulación del contrato y daños y perjuicios por "vicio en el consentimiento".
3. Cláusula de "Cuerpo Cierto"
En Aragón es estándar alquilar "como cuerpo cierto":
- Significa que el inquilino acepta el local en su estado físico actual, habiéndolo inspeccionado.
- Esta cláusula protege al propietario de reclamaciones menores sobre el estado del inmueble, siempre que no existan vicios ocultos graves que impidan su uso.
4. Cargas y Gravámenes
El propietario debe declarar si el local tiene cargas (embargos, hipotecas) que puedan afectar a la posesión del inquilino, aunque en alquiler comercial esto suele verificarse mediante una Nota Simple registral.
Fuentes y referencias oficiales
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