Proceso de Desahucio Comercial en el País Vasco
Protocolos legales para la resolución del contrato de arrendamiento por impago, el requisito del Burofax de 30 días para bloquear el derecho a enervar, y el papel de la Ertzaintza en la ejecución comercial.
Descargo de Responsabilidad Legal
Este contenido tiene fines informativos y educativos generales únicamente. No constituye asesoramiento legal y no debe confiarse en él como tal. Las leyes cambian con frecuencia; verifique siempre las regulaciones actuales y consulte a un abogado con licencia en su jurisdicción para obtener asesoramiento específico para su situación. Landager es una plataforma de gestión de propiedades, no un bufete de abogados.Información verificada por última vez: May 2026.
El desahucio de un inquilino comercial (oficinas, locales o naves industriales) en el País Vasco es un proceso estrictamente judicial, regido por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), vigente desde el 1 de enero de 1995. A diferencia de los inquilinos de vivienda, las entidades comerciales tienen menos protecciones sociales, pero los requisitos procesales siguen siendo rigurosos para garantizar la validez de la resolución del contrato de arrendamiento.
1. Causas de Resolución del Contrato (Art. 35 LAU)
Los contratos comerciales en Euskadi pueden resolverse por varias causas según la Ley de Arrendamientos Urbanos:
- Impago de Renta: O de cualquier cantidad asimilada (suministros, IBI, gastos de comunidad).
- Subarriendo o Cesión Inconsentida: Alquilar parte del local o traspasar el negocio sin cumplir los requisitos legales o contractuales.
- Daños o Actividades Molestas: Causar daños dolosos en la finca o realizar actividades molestas, insalubres, nocivas o ilícitas.
2. Bloqueando el "Derecho de Enervación"
Según el artículo 22.4 de la LEC, un inquilino puede frenar un desahucio una vez en la vida del contrato pagando las deudas en el juzgado.
- La Estrategia del Burofax: Para evitar esto, el arrendador debe enviar un requerimiento formal (Burofax) al menos 30 días antes de presentar la demanda.
- Desahucio Irrevocable: Si el inquilino no paga en esos 30 días, pierde el derecho a "enervar". Aunque ofrezca el dinero después en el juzgado, el juez deberá proceder con el lanzamiento.
3. Ejecución y la Ertzaintza
La fase final del proceso es el Lanzamiento (desahucio físico):
- Comisión Judicial: Dos funcionarios del juzgado acudirán al local en la fecha señalada para entregar la posesión al propietario.
- Apoyo Policial: En el País Vasco, la Ertzaintza (Policía Autónoma Vasca) proporciona el auxilio necesario si el inquilino se niega a salir o existe riesgo de alteración del orden público.
- Cerrajero: El propietario debe aportar un cerrajero para cambiar la cerradura durante la entrada supervisada por el juzgado.
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Fuentes y referencias oficiales
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