Leyes de Arrendamiento en Cantabria: FIANZAS COMERCIALES

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Reglas específicas para las fianzas en arrendamientos de uso distinto del de vivienda en Cantabria, España, siguiendo el mandato legal de 2 meses y la abolición de los requisitos de depósito público en 2017.

Melvin Prince
5 min de lectura
Verificado May 2026España flag
CantabriaEspañaDepósitos-de-seguridadComercialCumplimiento

Descargo de Responsabilidad Legal

Este contenido tiene fines informativos y educativos generales únicamente. No constituye asesoramiento legal y no debe confiarse en él como tal. Las leyes cambian con frecuencia; verifique siempre las regulaciones actuales y consulte a un abogado con licencia en su jurisdicción para obtener asesoramiento específico para su situación. Landager es una plataforma de gestión de propiedades, no un bufete de abogados.Información verificada por última vez: May 2026.

La fianza para locales comerciales es un requisito legal obligatorio en Cantabria. Según el Artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) (vigente desde el 1 de enero de 1995), los arrendamientos de uso distinto del de vivienda requieren una fianza de dos meses. Cabe destacar que, desde la promulgación de la Ley 9/2017, de 26 de diciembre, Cantabria ha abolido el requisito de depositar estos fondos en un organismo administrativo regional, lo que significa que los arrendadores mantienen la custodia privada de la fianza, siendo responsables de su eventual devolución.

Fianza Obligatoria de Dos Meses

A diferencia de los arrendamientos residenciales, que solo requieren un mes, todos los contratos comerciales en Cantabria deben incluir una fianza equivalente a dos meses de renta. Este importe está fijado por la LAU y no puede reducirse por acuerdo. Su propósito es proporcionar una garantía básica al arrendador contra incumplimientos de contrato o daños en el local.

  • Garantías Adicionales: Más allá de la fianza legal de dos meses, y regido por el principio de libertad de contratación (autonomía de la voluntad), las partes son libres de negociar medidas de seguridad adicionales, como un aval bancario o un depósito en efectivo adicional. Estas medidas adicionales no están sujetas a las normas legales que rigen la fianza.

Ausencia de Depósito Administrativo en Cantabria

A diferencia de la mayoría de las demás comunidades autónomas españolas (como Madrid o Cataluña), el Gobierno de Cantabria no mantiene actualmente un registro público para las fianzas.

  • Abolición del Mandato: Antes de 2017, los arrendadores estaban obligados a depositar la fianza en la tesorería regional. Sin embargo, la Ley 9/2017 eliminó esta carga administrativa.
  • Custodia Privada: El arrendador es el único responsable de custodiar los fondos de la fianza durante la vigencia del contrato de arrendamiento. Debe asegurarse de que los fondos estén disponibles para su devolución al finalizar el contrato, siempre que el inquilino haya cumplido con todas sus obligaciones.
  • Derechos del Inquilino: A pesar de la ausencia de un depósito público, el inquilino mantiene todas las protecciones legales. El arrendador tiene prohibido legalmente utilizar la fianza para gastos generales del negocio o para uso personal.

Devolución y Resolución de Disputas

Al finalizar el contrato de arrendamiento comercial, el arrendador dispone de un plazo de un mes desde la devolución de las llaves para reembolsar la fianza.

  • Devengo de Intereses: Si el reembolso se retrasa más de 30 días sin justificación, comenzará a devengarse el interés legal contra el arrendador según el Artículo 36.4 de la LAU.
  • Deducciones Justificadas: Se permiten deducciones de la fianza por rentas impagadas, facturas de suministros pendientes o reparaciones necesarias debido a daños que excedan el desgaste normal. Todas las deducciones deben estar respaldadas por facturas y ser compartidas con el inquilino.
  • Foro para Disputas: Cualquier litigio relativo a la devolución de la fianza para locales comerciales se tramita ante el Juzgado de Primera Instancia en el distrito judicial donde se encuentre la propiedad.

Implicaciones Fiscales

Aunque la fianza no se deposite públicamente, sigue siendo un elemento crítico para el cumplimiento fiscal. Los arrendadores en Cantabria deben seguir contabilizando la fianza en sus registros financieros. Además, la renta comercial en sí está sujeta a IVA, aunque la fianza se calcula sobre la renta mensual neta (renta base) y no incluye impuestos.

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