Gestión de Obras y Exenciones de Mantenimiento B2B en las Islas Canarias
Mecanismos para trasladar los enormes costes de grandes obras y reformas de locales comerciales al inquilino mediante contratos Triple Neto en las Islas.
Descargo de Responsabilidad Legal
Este contenido tiene fines informativos y educativos generales únicamente. No constituye asesoramiento legal y no debe confiarse en él como tal. Las leyes cambian con frecuencia; verifique siempre las regulaciones actuales y consulte a un abogado con licencia en su jurisdicción para obtener asesoramiento específico para su situación. Landager es una plataforma de gestión de propiedades, no un bufete de abogados.Información verificada por última vez: April 2026.
Administrar una nave industrial en Arinaga (Gran Canaria) o alquilar un local de hostelería en las zonas turísticas de Tenerife Sur exige pericia documental. Presumir la inercia del alquiler residencial y firmar silencios en su contrato B2B le encadena a pagar de su bolsillo el desgaste por salinidad y los altos costes de mantenimiento de las islas.
1. El Riesgo B2B del "Silencio Documental" (LAU Supletoria)
Si usted confía en la libertad B2B sin un pacto expreso que blinde su local y omite incluir el Pacto de Traslado Integral de Gastos de Obras, la ley aplicará la normativa supletoria (similar a la residencial):
- El propietario se verá irremediablemente obligado a sufragar las Grandes Obras y Reparaciones Estructurales (tejados, fachadas, bajantes y los daños estructurales provocados por la salinidad insular).
- No podrá repercutir estos costes al inquilino si no se especificó claramente en las cláusulas del contrato.
2. Los Acuerdos de Blindaje: El "Triple Neto" Comercial
Para liberar al rentista canario de estos riesgos, los contratos B2B permiten pactar:
- El Pacto de "Neto Total": Transfiere al inquilino corporativo el 100% de la responsabilidad económica de cualquier reparación, mantenimiento u obra, incluso las estructurales.
- El "Triple Neto" (NNN): Además de las obras, traslada legalmente al inquilino el pago del IGIC, el IBI del local o nave y la cuota íntegra de la Comunidad de Propietarios.
3. Obras de Acondicionamiento y Licencias
Al alquilar locales en las Islas Canarias que se entregan "en bruto" o para reformar íntegramente:
- Se debe exigir a la empresa inquilina que obtenga y presente las Licencias Municipales de Obra y Apertura correspondientes antes de empezar cualquier trabajo.
- Es fundamental incluir una cláusula de Prohibición de Obras sin el consentimiento previo y por escrito de la propiedad.
- Al finalizar el contrato, se debe haber pactado si la empresa debe realizar la Reposición al Estado Original (devolver el local en bruto) o si las mejoras quedan en beneficio del propietario de forma gratuita y sin derecho a indemnización.
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Fuentes y referencias oficiales
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