Desahucio Comercial y Resolución de Contrato en las Islas Canarias
Peligros fiscales del IGIC en el impago de oficinas, protocolos de Burofax para la expulsión legal y plazos de desahucio corporativo B2B.
Descargo de Responsabilidad Legal
Este contenido tiene fines informativos y educativos generales únicamente. No constituye asesoramiento legal y no debe confiarse en él como tal. Las leyes cambian con frecuencia; verifique siempre las regulaciones actuales y consulte a un abogado con licencia en su jurisdicción para obtener asesoramiento específico para su situación. Landager es una plataforma de gestión de propiedades, no un bufete de abogados.Información verificada por última vez: April 2026.
Sufrir el impago de una empresa inquilina o de un negocio de hostelería en las Islas Canarias exige una celeridad procesal absoluta. Cada mes de silencio administrativo supone un perjuicio económico doble para el propietario, debido a la normativa fiscal del archipiélago.
Proceso de Desahucio Comercial in canary islands
Requerimiento (Burofax)
Envío de burofax 30 días antes de la demanda para impedir el derecho de enervación del inquilino (Art. 22.4 LEC).
Demanda Judicial
Inicio del Juicio Verbal ante el Juzgado de Primera Instancia (Art. 437 LEC).
Plazo de 10 Días
El juzgado otorga 10 días hábiles al inquilino para oponerse o desalojar (Art. 440 LEC).
Lanzamiento
Si no hay oposición, el juzgado ejecuta el lanzamiento (desahucio físico) con cerrajero y policía.
1. La Trampa Fiscal del IGIC
A diferencia del resto de España (IVA), en Canarias las facturas comerciales incluyen el IGIC. Para el propietario de locales, esto supone un riesgo añadido ante el impago:
- Obligación de Ingreso: La Hacienda Canaria obliga al propietario a liquidar y pagar trimestralmente el IGIC facturado, independientemente de si la empresa inquilina morosa le ha pagado la renta o no.
- Tolerar retrasos en el cobro de locales significa que el propietario está, de facto, financiando de su bolsillo el pago de impuestos estatales por un dinero que no ha recibido.
Por ello, se debe interceptar el impago desde el primer día para detener el devengo de impuestos y recuperar la posesión del inmueble.
2. Abortar el Truco de la Enervación (Envío de Burofax)
En los desahucios comerciales, se busca evitar que el inquilino detenga el desalojo pagando en el último momento en el juzgado (la figura de la "Enervación"):
Para anular este derecho del inquilino, es vital:
- Enviar un Burofax previo con certificación de contenido reclamando la deuda exacta.
- Conceder un plazo de 30 días naturales para el pago íntegro.
- Una vez transcurrido este plazo sin cobrar, el inquilino pierde el derecho a "enervar" el desahucio en el juzgado, y el desalojo será inevitable aunque pague después.
3. Demanda Judicial B2B en las Canarias
Una vez agotada la vía amistosa, los abogados de la propiedad interponen la demanda judicial:
El juzgado dicta un decreto dando al inquilino moroso 10 días hábiles para oponerse a la demanda. Si no hay oposición (o esta es rechazada por falta de pruebas de pago), el juez dicta directamente la Orden de Lanzamiento. En la fecha señalada, una comisión judicial acompañada de un cerrajero y, si es necesario, de la fuerza pública, procederá a la apertura del local y a la devolución de las llaves al inversor propietario.
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Fuentes y referencias oficiales
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